El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que establece los nuevos objetivos mínimos de consumo de biocarburantes, tanto globales como de producto, para los próximos tres años, es decir, de 2011 a 2013.
Con el trasfondo de una decidida política de apoyo y de fomento de las energías renovables, el nuevo Real Decreto da continuidad a las normativas anteriores ocupadas de este tema, concretamente la Ley del Sector de Hidrocarburos, que establece objetivos mínimos anuales de venta que tienen carácter obligatorio hasta 2010.
La normativa comunitaria establece que los Estados miembros deben velar para que la cuota de energía procedente de fuentes renovables en todos los tipos de transporte en 2020 sea, como mínimo, equivalente al 10 por 100 de su consumo final de energía. Para conseguir este objetivo el uso de biocarburantes debe ser creciente en los próximos años.
En esta línea, los objetivos globales de biocarburantes propuestos en el Real Decreto son del 5,9 por 100, 6,0 por 100 y 6,1 por 100, respectivamente, mientras que tanto los de biocarburantes en diesel (biodiesel) como en gasolina (bioetanol) se concretan en el 3,9 por 100 para 2011 y el 4,1 por 100 para 2012 y 2013.
Para la fijación de los objetivos obligatorios ha primado el principio de prudencia. La paulatina incorporación de los biocombustibles asegura que los consumidores con vehículos más antiguos encuentren en el mercado un combustible que puedan utilizar con plena confianza.
23/12/10
APROBADOS LOS NUEVOS OBJETIVOS MÍNIMOS DE CONSUMO DE BIOCARBURANTES
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política energética