3/4/09

REGULADA LA ENTRADA EN VIGOR DE LAS TARIFAS DE ÚLTIMO RECURSO DE ELECTRICIDAD

El Consejo de Ministros ha aprobado su puesta en marcha desde el 1 de julio próximo. Permitirá que la mayoría de los consumidores domésticos y algunas pequeñas empresas puedan optar entre acogerse a esta tarifa, con un precio fijo, o negociar su suministro de energía eléctrica en el mercado libre.

La aprobación por el Consejo de Ministros del Real Decreto que reforma el sistema tarifario eléctrico español es un importante paso en el proceso de modernización y liberalización del sector.
Los consumidores de gas con un consumo anual inferior a 50 MWh (clientes domésticos) podrán seguir acogiéndose al suministro de último recurso como venían haciendo hasta la fecha, por lo que sus precios estarán sometidos a una tarifa máxima establecida por el Gobierno.
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regula la puesta en marcha del suministro de último recurso (TUR) en el sector de la energía eléctrica y la consiguiente desaparición de la actual tarifa integral.

Así, se liberalizan las tarifas eléctricas y sólo podrán acogerse a la esta tarifa los consumidores de energía eléctrica cuya potencia contratada sea inferior o igual al límite que la legislación establezca. Los consumidores con derecho a acogerse a las TUR, de acuerdo con la normativa actual, son aquellos de baja tensión cuya potencia contratada sea inferior a los 10 kW.

No obstante, cualquier consumidor podrá elegir su suministrador de electricidad de entre los que existan en el mercado.

La liberalización del servicio de electricidad minorista es un proceso que se ha ido implementando en España de manera gradual. El 1 de julio de 2008 se eliminaron las tarifas integrales de los consumidores de alta tensión y a partir de julio de este año se extiende esta medida a los consumidores de baja tensión.


La supresión de las tarifas integrales es un importante paso en la liberalización del sector eléctrico que ha de redundar en beneficio de los consumidores a través de un aumento de la competencia.

La función de la tarifa de último recurso es servir de refugio a los consumidores más pequeños. Será el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, mediante Orden Ministerial, el organismo que dictará las disposiciones necesarias para el establecimiento de las tarifas de último recurso y el que establecerá un precio fijo al que tendrán que ajustarse los denominados comercializadores de último recurso. El método para fijar este precio se hará de acuerdo a una metodología transparente.

El Real Decreto designa a las empresas comercializadoras de energía que asumirán la obligación de suministro de último recurso en todo el territorio nacional, y las obligaciones que a las mismas corresponden. Dichas empresas son: Endesa Energía XXI, S.L., Iberdrola Comercialización de Último Recurso, S.A.U., Unión Fenosa Metra, S.L., Hidrocantábrico Energía de Último Recurso, S.A.U. y E.On Comercializadora de Último Recurso, S.L.

Estas empresas han sido elegidas como Comercializadores de Último Recurso al tratarse de compañías con medios suficientes para asumir esta actividad, que entraña un cierto riesgo al estar obligadas a prestar el servicio a un precio fijado previamente.

Información a los consumidores

Para facilitar este traspaso, en las facturas eléctricas de los próximos meses se incluirá una carta informativa comunicando al consumidor el nuevo esquema de suministro, las diferentes alternativas que se le presentan y un listado completo de empresas comercializadoras disponibles. listado que también se publica en la página web de la Comisión Nacional de la Energía.

Adicionalmente, la Oficina de Cambio de Suministrador, constituida recientemente, servirá para facilitar el cambio de suministro, informar, aconsejar y solucionar todas las dudas que puedan surgir al consumidor.

ELIMINACIÓN DE LAS TARIFAS T3 Y T4 DE GAS NATURAL

En relación al gas, el suministro de último recurso entró en funcionamiento el pasado 1 de julio de 2008, por lo que el mercado ya está totalmente liberalizado y las únicas tarifas en vigor actualmente son las de último recurso.

Dado que la liberalización del mercado gasista ha sido un éxito, ya que el 96 por 100 del consumo se contrata libremente, el Gobierno ha decidido profundizar en la liberalización, con la eliminación de las tarifas T3 y T4 a partir del 1 de julio de 2009, con lo que el umbral máximo para acogerse al suministro de último recurso se reducirá hasta 50 MWh.

Las tarifas T3 y T4 afectan a pequeñas y medianas industrias, sector terciario y consumos colectivos, con elevados gastos medios mensuales, por lo que se dan las condiciones apropiadas para que estos consumidores negocien los precios libremente en el mercado.

Esta medida afectará a, aproximadamente, sesenta mil clientes (menos del 1 por 100 de los consumidores).

Los consumidores con un consumo anual inferior a 50 MWh podrán seguir acogiéndose al suministro de último recurso como venían haciendo hasta la fecha, por lo que sus precios estarán sometidos a una tarifa máxima establecida por el Gobierno.