El Diario Oficial de Extremadura publicó el 22 de julio la Orden de 11 de julio de 2008 "por la que se convoca la concesión de ayudas para el aprovechamiento de la energía solar". La financiación por parte de la Consejería regional de Industria, Energía y Medio Ambiente de las subvenciones convocadas a través de esa Orden tendrá como límite la cantidad de 709.022,00 euros.
El objeto de la Orden ayer publicada por el Diario Oficial de Extremadura "es realizar mediante convocatoria pública la concesión de subvenciones, para el ejercicio 2008, en régimen de concurrencia competitiva, para el aprovechamiento de la energía solar térmica y fotovoltaica".
El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses contados "desde el día siguiente al de publicación de la presente Orden en el Diario Oficial de Extremadura", o sea, que hoy comienza ese plazo.
La concesión de las subvenciones se realizará, previa instrucción por parte de la Dirección General de Planificación Industrial y Energética, mediante resolución del Consejero de Industria, Economía y Medio Ambiente. La cuantía de la subvención "en ningún caso puede superar el 40% del coste subvencionable y con el límite máximo de 30.000 euros por beneficiario".
El plazo máximo para resolver y notificar las resoluciones del procedimiento de concesión de este tipo de ayudas será de seis meses computados a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
El objeto de la Orden ayer publicada por el Diario Oficial de Extremadura "es realizar mediante convocatoria pública la concesión de subvenciones, para el ejercicio 2008, en régimen de concurrencia competitiva, para el aprovechamiento de la energía solar térmica y fotovoltaica".
El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses contados "desde el día siguiente al de publicación de la presente Orden en el Diario Oficial de Extremadura", o sea, que hoy comienza ese plazo.
La concesión de las subvenciones se realizará, previa instrucción por parte de la Dirección General de Planificación Industrial y Energética, mediante resolución del Consejero de Industria, Economía y Medio Ambiente. La cuantía de la subvención "en ningún caso puede superar el 40% del coste subvencionable y con el límite máximo de 30.000 euros por beneficiario".
El plazo máximo para resolver y notificar las resoluciones del procedimiento de concesión de este tipo de ayudas será de seis meses computados a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Energía solar. Subvenciones.- Orden de 11 de julio de 2008 por la que se convoca la concesión de ayudas para el aprovechamiento de la energía solar.