31/10/08

El Supremo anula el Plan Nacional de Asignación de CO2 de 2005 a 2007

El Tribunal Supremo ha anulado el Plan Nacional de Asignación (PNA) de los derechos de emisión de gases de efecto invernadero para los años 2005-2007 y obliga al Gobierno a realizar una nueva asignación individual de CO2 a las empresas.
La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo anula por "falta de motivación" el reparto establecido en el acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de enero de 2005, que aprobó la asignación individual de derechos de emisión a las diferentes instalaciones eléctricas.
La sentencia estima el recurso contencioso administrativo presentado por Endesa en marzo de 2005 contra este acuerdo realizado en aplicación del Real Decreto Ley 5/2004 de 27 de agosto, que regula el régimen de comercio de las emisiones de CO2.
El Alto Tribunal da la razón a Endesa y considera que el Gobierno "no explicó cuál fue la metodología empleada para la asignación de los derechos de emisión" y no cumplió "el trámite de información pública".
El fallo considera que el expediente de la Administración "ha puesto de manifiesto las lagunas de la propuesta", así como "la falta de claridad y justificación de las variables, magnitudes y valores" del cálculo.
Por ello, "la Administración debe hacer un esfuerzo mayor en la resolución recurrida para que el destinatario de un acto administrativo conozca los criterios aplicados que constituyen los fundamentos de la decisión administrativa de asignación", explica la sentencia.
La eléctrica acusó al Gobierno de que la asignación individual para el trienio 2005-2007, se realizó con una estimación de la oferta y la demanda de electricidad "sin especificar el cálculo de tal evaluación o apreciación" y sin cumplir con el trámite de información pública.
Por su parte, la Administración General del Estado se opuso al recurso alegando que el reparto de emisiones se fundamentó en "complejos parámetros y cálculos técnicos" presentes en los dictámenes e informes que obran en el expediente administrativo, donde también se incluye la documentación referente a los trámites de información pública realizados.
EL SUPREMO EXIGE MOTIVACIÓN
El Supremo considera que su "exigencia de motivación" se basa en "tres circunstancias reveladoras": la aplicación del marco normativo derivado del Protocolo de Kioto, evitar las diferencias injustificadas entre sectores de actividad o entre instalaciones para impedir la aparición de posiciones de ventaja y la necesidad de aumentar el esfuerzo por parte de la Administración para "establecer una explicación razonable", dado que se trata de una "materia compleja".
Asimismo, la eléctrica también alegó vulneración del principio de neutralidad tecnológica, porque la decisión empleaba criterios de asignación diferentes en función de la tecnología, lo que podría implicar una ayuda al Estado contraria al artículo 87 del tratado de la Comisión Europea.
También alegó la vulneración del Real Decreto 1866/2004 porque la bajada del consumo del carbón se prevenía en un 3,66% y la resolución recurrida de asignación individual suponía una disminución media muy superior.
El Plan Nacional previsto para 2005-2007 establecía una asignación gratuita de 172,31 millones de derechos en promedio anual para los sectores afectados y establecía una metodología de asignación individual en el nivel de instalación.